Violencia de Género y Acoso Laboral en el ámbito de la Municipalidad de Lobos
30 Sept 2022
El caso Albertina Miguez en SAME Lobos
Esta semana se conoció que la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo N°1 de La Plata ratificó la sentencia en primera instancia. Sin embargo, el fallo quedó lejos de ser cumplido y de llevar tranquilidad a la víctima. Nos ha manifestado su abogada Mariana Cosso, que la Municipalidad, a cargo del intendente Jorge Etcheverry, dejó sin trabajo a Miguez en medio de su goce de licencia por violencia de género otorgada por la Justicia y avalada por el Ministerio de Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual bonaerense.
Durante meses sufrió maltrato de un superior. Luego de un violento episodio, decidió hacer la denuncia ante la secretaria de Desarrollo y Promoción Social del Municipio, que la única medida que tomó fue quitarle horas de guardia en represalia a su denuncia. El caso llegó a la Justicia y se dictó sentencia a favor de la trabajadora. La víctima fue dada de licencia por violencia de género, con goce de sueldo, pero el Municipio no le renovó el contrato, por lo que se quedó sin trabajo.
“Estaba contratada por el Municipio, con esos contratos precarios que le hacen para no tenerlos en planta permanente, que le hacen firmar contratos cada seis meses. Su último contrato venció el 30 de junio, en medio del goce de licencia por 30 días que le había otorgado la juez el 23 de junio. En ese transcurso de seis días, ellos no le renuevan el contrato. La dejaron sin trabajo. Y está sin cobrar desde abril“, ha dicho la Dra Mariana Cosso.
La letrada adelantó que, si bien su defendida no quiere reincorporarse al servicio porque siguen las mismas personas a cargo del SAME, pedirá el juicio por daños y perjuicios, lucro procesante, daño moral y psicológico. Además, agregó que no le pagaron las horas que le retiraron el año pasado, que acción que había sido ordenada por la Justicia.
Los hechos
Miguez fue contratada por la Municipalidad de Lobos como enfermera para el servicios de ambulancias SAME en agosto del 2020, y en el mes de mayo del 2021 comenzó a ser acosada en su lugar de trabajo por Franco Álvarez, superior de ella, quien ejercía el cargo de coordinador administrativo del SAME y le suministraba las horas de guardia.
La sentencia describe el acoso sexual como “diversos comportamientos, tales como proferir palabras obscenas, comentarios sexuales inapropiados, los cuales iban subiendo de tono cada día, hasta el intento de tocarle los senos con acercamientos en modo de broma al caerse arriba suyo“. Hay una situación particular que ocurrió el 19 de mayo del 2021. Según el testimonio de Miguez, ella se encontraba descansando recostada sobre un futón. Álvarez comienza a emitir palabras fuera de lugar de plano sexual, como que estaba mal atendida, hasta que se acercó y le meneó la pelvis en su cara. La enfermera reaccionó, se produjo una discusión fuerte con gritos e insultos. En la versión de Álvarez, él se acerca junto a otros dos trabajadores y al ver a Miguez descansando le dijeron que se podía retirar de la guardia, lo que ocasionó su enojo. El denunciado afirmó haber dicho “eso pasa cuando te dejan los novios”, por lo que cuando se calmó la situación le pidió perdón.
Ante esta situación, Miguez se dirigió ante la secretaria de Desarrollo y Promoción Social del Municipio, Fabiana Belardi. “Esta decidió hacer una reunión con todos y por supuesto la mayoría de los hombres negaron la entidad de la denuncia”, señaló la Dra. Cosso.
Posteriormente, se le restringieron las guardias que realizaba, que pasaron de 11 guardias al mes a cuatro. En consecuencia, sus ingresos se redujeron, se retrasó el pago del mes de junio, y al mismo tiempo tomaron otro enfermero en su lugar. “Pasó a cobrar desde el mes de junio 32 mil pesos cuando en mayo su sueldo era de 70 mil, o sea, una reducción de casi 50%”, denunció la Dra Mariana Cosso.
Las acciones legales
Acto seguido, se inició una denuncia por violencia de género ante el juzgado de Paz de Lobos. De acuerdo a la abogada, la Justicia actuó rápido. Tanto la víctima como el denunciado aportaron testigos pero para la Justicia fue contundente la existencia de violencia de género. Al no tratarse de una causa penal, se dictaron medidas para proteger a Miguez: se ordenó a Franco Álvarez que no se acercara a la víctima por ningún medio (incluye correos y redes sociales), al Municipio que aplique las acciones necesarias para que esto se cumpla, además de brindarle un botón antipánico a Miguez y que el victimario deba asistir al Servicio para el Abordaje de la Violencia por Motivos de Género.
“Lo que es tan grave como el acoso, fue que por esos episodios y su denuncia la enfermera sufrió represalias con una sanción económica que le significó reducción horaria de trabajo y de sueldo, y eso no lo pudo justificar el Municipio”, expresó la Dra Cosso.
De acuerdo a lo que describe la sentencia anteriormente mencionada, “la única respuesta dada por los funcionarios a cargo del lugar de trabajo fue el retiro de los días de guardia que poseía la actora, a fin de no cruzarse con Álvarez, con la consecuente disminución salarial que lógicamente ello implica”. Además, Belardi “desatendió su obligación como funcionaria pública a cargo del Servicio SAME de instruir un sumario por cada denuncia por violencia laboral que se formule”.
La complicidad de la intendencia de Lobos
“Lo más grave de todo es que la misma semana que salió la sentencia, el intendente Jorge Etcheverry puso a Belardi a cargo de un área llamada ‘Nuevo marco legal de abordaje a la violencia’“, describió Cosso.
En tanto, según ha dicho la abogada, mientras continuó en el servicio, bajo el mando de Belardi, Albertina Miguez fue violentada por el resto del personal “porque la sentencia se hizo pública y aparecen nombrados otros enfermeros”. Esto produjo “que le quitarán su colaboración en el trabajo, con el grave riesgo que ello implica porque estamos hablando de atender pacientes de urgencia”.
La Dra Mariana Cosso:
Informa la Dra Mariana Cosso abogada patrocinante de la Sra Albertina Noelia Miguez, enfermera del servicio de SAME Lobos, quien el año pasado 2021 sufriera situaciones de acoso laboral y violencia de género en su lugar de trabajo por parte de un colega y superior de nombre Franco Álvarez, quien además era el coordinador administrativo del servicio SAME Lobos, esto es su Jefe directo, esto es que le impartía directivas y le disponía sus horarios de guardia en el servicio.
A raíz de sufrir frecuentemente acosos de tipo laboral y de tipo sexual, encuadrados en lo que es violencia de género. La situación, dañina desde todo punto de vista llevó a que la Sra Albertina Miguez exponga y presente la denuncia de los hechos frecuentes ante la Secretaria de Desarrollo Social de la Municipalidad de Lobos quien es el superior jerárquico a cargo del servicio SAME Lobos, Sra Fabiana Belardi. Como medida decidió realizar la Sra Belardi una renión del personal de área, servicio SAME, una especie de “careo”, con el detalle de mayoría de empleados hombres, negando los dichos y manifestaciones de la denunciante Sra Miguez, y en la misma reunión el enfermero Álvarez le pidió perdón y disculpas del caso.
Y amplía la Dra Mariana Cosso, que posteriormente a esa reunión, de manera intempestiva le redujeron a la enfermera Miguez sus horas de guardia de servicio y como consecuencia de ello su salario. Esto motivo de que la modalidad en el servicio es el de llamados contratos precarios de prestación de servicios, en fraude a la ley laboral. Consecuencia de esto la Sra Miguez pasa a percibir haberes de 32.000 pesos desde el mes de junio de 2021 hasta el presente, teniendo en cuenta que en mayo 2021 percibía más de 70.000 pesos por su trabajo, la reducción de su carga horaria y salario resultó en más del 50%.
“Con todo lo expuesto se inicia una denuncia por violencia de genero con mi patrocinio ante el Juzgado de Paz Letrado de Lobos. Inmediatamente el Juez actuante ordena las medidas de prohibición de acercamiento y cese de hostigamiento al enfermero Franco Álvarez. Se cita también a la Secretaria de Desarrollo Social Sra Fabiana Belardi, quien manifiesta que no era veraz que a la empleada enfermera Miguez se le habían reducido las horas de trabajo en reprimenda o represalia motivada por su denuncia, y argumenta la Secretaria que la empleada enfermera Miguez había estado de acuerdo y autorizado esa reducción en sus horarios y haberes porque quería ser equitativa con todos los empleados del SAME Lobos”. Continúa la Dra Cosso: “es importante dejar en claro que cuando se le reducen horas de servicio, trabajo y haberes a la Sra Miguez, las autoridades incorporan a la planta laboral a otro enfermero, hombre de apellido César, todo esto obrando publicado el Contrato de Locación de Servicios del nuevo trabajador en el Boletín Oficial del Municipio de Lobos, todo esto en el mismo mes en que se reduce carga laboral, horarios y haberes a la Sra Miguez”
El caso continúa con la decisión del Juez de Paz de Lobos de declarar su incompetencia en el caso con el argumento de que se trata de un acto de violencia en ámbito laboral y que pertenece al Derecho Público, derivándolo a la Justicia Contencioso Administartiva, recayendo en el Juzgado Contencioso Administrativo 1 de La Plata.
Continúa la Dra Cosso: “lo más grave de todo este tema es que en la misma semana que se dicta la sentencia, el Sr Intendente de Lobos, Jorge Etcheverry pone en funciones a cargo y dentro de la misma área de la Secretaría, a la Secretaria Belardi en una nueva área denominada Servicio de Abordaje a la Violencia de Género, noticia emitida oprtunamente por Canal 4 de Lobos y publicado en diarios/semanarios, con la noticia “defienden a la Secretaria de Desarrollo Social”
Continúa y amplía la Dra. Cosso: “tanto el enfermero del servicio SAME Lobos, Franco Álvarez, quien tiene causas anteriores de violencia y también posteriores a la denuncia de la Sra Albertina Miguez, el mismo continúa con su trabajo en el servicio SAME Lobos, como así también la Sra Fabiana Belardi, Secretaria de Desarrollo Social de la Municipalidad de Lobos”. “La enfermera Miguez sigue en el servicio, y continúa violentada por el resto del personal, caso en su totalidad, porque la sentencia se ha hecho pública, porque aparecen a la luz nombrados algunos enfermeros del servicio SAME Lobos, motivo de esto el consecuente “vacío comunicacional laboral” y también le han quitado quite de colaboración laboral, con el riesgo que esto implica, porque deben atender pacientes en emergencias y/o urgencias, tal la función del SAME Lobos
En síntesis RESULTA:
Que en autos se presenta la Sra. Albertina Noelia Miguez, con patrocinio letrado, promoviendo denuncia por Violencia de Género contra el Sr. Franco Alvarez en los términos de la Ley 26.485 (de Protección Integral a las Mujeres).
Relata que es contratada por el Municipio de Lobos en el mes de agosto de 2020 como enfermera para elservicio de emergencias SAME, realizando guardias en dicho servicio hasta la actualidad.
Que en el mes de mayo de 2021 comienza a ser acosada en el lugar de trabajo por su superior, el Sr. Franco Alvarez, a través de diversos comportamientos, tales como proferir palabras obscenas, comentarios sexuales inapropiados, los cuales iban subiendo de tono cada día, hasta el intento de tocarle los senos con acercamientos en modo de broma al caerse arriba suyo.
Expone que en virtud de ello y al no cesar en sus actitudes, se dirigió ante la Secretaria de Desarrollo y Promoción Social del Municipio de Lobos, la Sra. Fabiana Belardi, quien solo la escuchó, pero hizo caso omiso a su denuncia.
Que luego de haber realizado la denuncia, automáticamente se le restringieron las guardias que realizaba, que pasaron de 11 guardias al mes de 24 horas cada una, a 4 guardias. Que, consecuentemente, se redujeron sus ingresos, se retrasó el pago del mes de junio, y al mismo tiempo tomaron otro enfermero en su lugar.
Sostiene que los hechos narrados configuran una violación hacia su persona encuadrada en los términos de la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales, solicitó las medidas urgentes que correspondan para que el denunciado cese en sus actos de perturbación, acoso sexual e intimidación y, asimismo, se ordene el reintegro de su trabajo normal, tal como se venía realizando antes de la denuncia
Con posterioridad, la Sra. Miguez amplió su denuncia contra la Sra. Fabiana Belardi, ocurrida también en el ámbito laboral, por entender que fue ella quien redujo sus horas de trabajo.
SENTENCIA 22 de SEPTIEMBRE DE 2022: 22/9/22, 15:52
Datos del Expediente Carátula: MIGUEZ, ALBERTINA NOELIA C/ ALVAREZ, FRANCO S/LEGAJO DE APELACIÓN
Fecha inicio: 28/04/2022 Nº de Receptoría: Nº de Expediente: 31514 - E
Estado: Para Notificar
Pasos procesales: Fecha: 22/09/2022 - Trámite: SENTENCIA - (FIRMADO )
Anterior22/09/2022 12:04:40 - SENTENCIA
Referencias
Año Registro Electrónico 2022
Código de Acceso Registro Electrónico EBDABCF7
Fecha y Hora Registro 22/09/2022 13:50:24
Funcionario Firmante 22/09/2022 12:04:39 - MILANTA Claudia Angelica Matilde - JUEZ
Funcionario Firmante 22/09/2022 12:09:39 - DE SANTIS Gustavo Juan - JUEZ
Funcionario Firmante 22/09/2022 13:29:59 - SPACAROTEL Gustavo Daniel - JUEZ
Funcionario Firmante 22/09/2022 13:36:59 - BUSTOS María Victoria - AUXILIAR LETRADO DE
CÁMARA DE APELACIÓN
Número Registro Electrónico 406 - Prefijo Registro Electrónico RS
Registración Pública SI
Registrado por BUSTOS MARIA VICTORIA
Registro Electrónico REGISTRO DE SENTENCIAS
Sentido de la Sentencia: CONFIRMA
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